miércoles, 1 de octubre de 2014

EPS no pueden negar prótesis mamarias que se necesiten por salud

La Corte Constitucional señaló que las EPS no pueden negarse a practicar cirugías de implante de prótesis mamarias si la paciente lo requiere por motivos de salud y no estéticos.



Así lo determinó a la hora de examinar el caso de una joven de 18 años quien tuvo que recurrir a una tutela para que la EPS Coomeva le hiciera la cirugía, advirtiendo que necesitaba los implantes porque tenía una atrofia hormonal y porque estaba siendo objeto de burlas por parte de la sociedad.

La Corte Constitucional, con ponencia del magistrado Jorge Ignacio Pretelt, le dio la razón a la joven a quien la EPS le negaba el procedimiento porque no estaba dentro Plan Obligatorio de Salud (POS) por ser una cirugía estética.



No obstante, la Corte señaló que a la mujer le fueron vulnerados los derechos fundamentales a la dignidad humana, a la salud, al libre desarrollo de la personalidad y a la seguridad social, los cuales considera vulnerados por la entidad demandada.

“Podemos concluir que las EPS tienen la obligación de realizar las cirugías que modifican el tamaño de los senos de acuerdo con la reglamentación del POS que persiguen finalidades de efectos funcionales o reparadoras, en los casos en que el médico tratante la prescribe con el objetivo de recuperar su apariencia normal de manera que pueda llevar una vida en condiciones de calidad y de dignidad”, dice el fallo.

La Corte además insistió en que las entidades prestadoras de Salud deben diferenciar los procedimientos estéticos que pueden hacerse dentro del POS bajo los argumentos patológicos y no de belleza para que no se vulneren derechos.

“La cirugía estética con fines de embellecimiento es aquella que no tiene una patología de base y busca exclusivamente embellecer o rejuvenecer tejidos sanos o normales de las personas. A su turno, la cirugía estética reconstructiva (incluida en el P.O.S.) tiende a recuperar la forma o la función perdida como consecuencia de un trauma o una enfermedad”, indicó la Corte.


http://www.elcolombiano.com/BancoConocimiento/E/eps_no_pueden_negar_protesis_mamarias_que_se_necesiten_por_salud/eps_no_pueden_negar_protesis_mamarias_que_se_necesiten_por_salud.asp

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